Te ayudamos a cumplir con la LO 8/21 en tu centro educativo
Protección de menores
El Coordinador de Bienestar y Protección del Alumnado es una figura obligatoria en los centros educativos, según lo establece la Ley Orgánica 8/2021 (LOPIVI), diseñada para garantizar la protección de la infancia y adolescencia frente a la violencia. Su responsabilidad es velar por el bienestar físico, emocional y digital de los alumnos en el entorno educativo, actuando como referencia para la prevención y gestión de situaciones que pongan en riesgo la integridad de los menores.
La Ley Orgánica 8/2021, del 4 de junio, de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia (LOPIVI), establece medidas importantes para la protección de menores en diferentes entornos, incluyendo los centros educativos, deportivos y de ocio. En particular, los artículos 35 y 47/48 destacan la obligatoriedad de contar con un Coordinador de Bienestar y Protección del Alumnado en centros educativos. Estas figuras son esenciales para garantizar el cumplimiento de las disposiciones de la ley y la protección de los menores frente a cualquier forma de violencia.
Como Agente de Privacidad vinculado a Youforget.me y el programa Mi Huella Digital, te ayudamos con la implantación de esta figura.
Nuestro objetivo es incrementar la protección y bienestar digital de los menores en los entornos educativos, asegurando que se respeten sus derechos y se le ofrezca un entorno seguro frente a la violencia digital.
Nuestra experiencia y compromiso nos convierten en un aliado confiable para garantizar la seguridad y el bienestar en los entornos que más te importan. Trabajamos de la mano contigo para diseñar soluciones prácticas y efectivas.
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